SUCESOS EN ARAGÓN

Condenados en Zaragoza por dar una paliza a dos policías al celebrar una fiesta covid

El tribunal les impone seis meses de prisión y una indemnización superior a 1.200 euros

Uno de ellos no podía aproximarse a la casa porque tenía una orden de alejamiento

Juicio por agresión a dos policías en Zaragoza: "Es una de las veces que peor lo he pasado"

Celebra una fiesta quebrantando una orden de alejamiento en Zaragoza y agrede a los policías al ser pillado

Héctor Fabián Cruz y Carlos Eduardo Borboy, en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Zaragoza.

Héctor Fabián Cruz y Carlos Eduardo Borboy, en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Zaragoza. / ANDREEA VORNICU

Carlos Eduardo Borboy (Ecuador, 1999) y Héctor Fabián Cruz (Ecuador, 1991) no solo alteraron el orden público de un bloque de pisos del zaragozano barrio de La Almozara con un elevado volumen de música a altas horas de la madrugada. También agredieron a los policías nacionales que fueron comisionados hasta este domicilio ubicado en la calle Jaca para poner fin a una de esas fiestas privadas con motivo de las restricciones covid. Ahora, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a este par de jóvenes ecuatorianos a seis meses de cárcel como autores de un delito de atentado y, al mismo tiempo, ha absuelto a los agentes porque les acusaban de haber arremetido contra ellos.

La sentencia, redactada por el tribunal provincial, presidido por el magistrado Francisco Picazo, también incluye el pago de una multa de 240 euros a razón de ocho euros al día durante un mes y deberán indemnizar a los agentes lesionados con 1.248 euros en concepto de responsabilidad civil. Además, abonarán dos sextas partes de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.

Los hechos referidos se remontan a la madrugada del 25 de abril de 2021, en torno a las 06.00 horas. Los agentes explicaron a los magistrados que recibieron una llamada a través de la sala de emergencias del 091 en la cual varios vecinos alertaban de la fiesta que se había organizado en el interior de uno de los pisos del inmueble donde residían. «Solo queríamos identificarles y que bajaran la música. Se negaron en todo momento y uno nos dio datos falsos», coincidieron los policías.

La sorpresa fue mayúscula cuando, finalmente, les entregaron sendos documentos de identificación: sobre uno de ellos pesaba una orden de alejamiento con respecto a esa misma vivienda. «Al pasar la documentación por el fichero de antecedentes y ver que Héctor Fabián no podía acercarse hasta allí, le propinó un puñetazo a mi compañero. Carlos dejó todo en el suelo y me dijo que me iba reventar», declaró uno de los agentes durante el juicio celebrado el pasado 25 de octubre. Los magistrados hacen referencia en la sentencia a «la gran agresividad mostrada» por los ahora condenados, quienes se abalanzaron sobre los policías al tiempo que les propinaban patadas y puñetazos. «Llevo 18 años en el Cuerpo y es de las veces que peor lo he pasado», relató uno de ellos. «Su estado era muy violento», replicó su compañero.

Su agresividad no cesó de camino a la comisaría del Actur-Rey Fernando porque Héctor Fabián comenzó a propinarse golpes contra la mampara del vehículo. Por ello sufrió la avulsión de una pieza dental y, durante el juicio, trató de justificar ante el tribunal que esta pérdida se debía a un puñetazo de uno de los agentes. No obstante, el perito del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón (Imlcfa) aclaró que este individuo presentaba «una boca séptica con caries» y «una enfermedad bucodental», de modo que un «golpe mínimo» podía provocar la caída de las piezas dentales «con mucha facilidad».

Como no concurre ninguna circunstancia agravante, los magistrados pueden aplicar la pena establecida por la Ley en la extensión que ellos consideren adecuada. En esta ocasión, aplican el mínimo de su mitad inferior: seis meses de cárcel por el primer delito de atentado y un mes de multa por el segundo delito leve de lesiones.

Inicialmente, la acusación particular en nombre del sindicato Jupol, ejercida por el letrado Carlos Álvarez de Eulate, solicitaba una pena de tres años de prisión para cada uno de los encausados por un primer delito de atentado. La multa ascendía a 1.080 euros a razón de doce euros diarios durante tres meses por un segundo delito de lesiones. Contra el citado fallo todavía cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).