Conciliación

El TJUE evita pronunciarse si los trabajadores monoparentales pueden doblar los permisos por cuidado de hijo

Los magistrados europeos se acogen a un tecnicismo para evitar enmendar o ratificar la jurisprudencia española

Una fotografía a un bebé

Una fotografía a un bebé

Gabriel Ubieto

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declinado pronunciarse sobre si los trabajadores que son padres o madres solteros pueden doblar su permiso por cuidado de hijo, con el objetivo de acumular las mismas semanas que si la criatura tuviera dos progenitores. Actualmente y hasta nuevo pronunciamiento, la jurisprudencia española es contraria a que un trabajador que sea madre o padre soltero pueda doblar su permiso de paternidad.

Si bien en los tribunales superiores de justicia había habido debate, el Tribunal Supremo lo zanjó, el pasado abril, fallando en contra de que los progenitores solteros pudieren doblar su ausencia remunerada.

En el caso juzgado y que ha acabado llegando a instancias europeas, una mujer tuvo un hijo siendo madre soltera y la Seguridad Social le autorizó la baja por permiso de maternidad del 5 de noviembre de 2021 al 24 de febrero de 2022. Llegada esa fecha, la madre exige al Estado que le prorrogue 16 semanas más el permiso, aludiendo que su hijo estaba discriminado, en tanto que si hubiera nacido en el seno de una familia con dos progenitores hubiera disfrutado de 32 semanas de cuidados. La Seguridad Social se lo deniega y ella inicia la vía judicial.

Los magistrados del TJUE se acogen a un defecto de forma para justificar su no pronunciamiento. Su argumento es que el juzagado de primera instancia plantea una duda legal sobre una directiva (Directiva 2019/1158) que en el momento de los hechos todavía no era de obligado cumplimiento en España. Y es que la trabajadora monomarental reclamó extender su permiso por cuidado de hijo el 24 de febrero del 2022 y España no tenía obligación de transponer la directiva hasta agosto del 2022.

"Procede declarar que las disposiciones del Derecho de la Unión cuya interpretación se solicita no son aplicables ni ratione materiae ni ratione temporis a las circunstancias del litigio principal y, por tanto, que las cuestiones prejudiciales planteadas en el presente asunto tienen carácter hipotético", concluyen los magistrados del TJUE.

En virtud de este fallo y hasta que otro tribunal no vuelva a elevar cuestión prejudicial para que la justicia europea se pronuncie, los padres o madres monoparentales les será negada por la Seguridad Social la posibilidad de extender su permiso por cuidado de hijo.