DELITOS SEXUALES EN EL SENO DE LA IGLESIA

Abusos en la Iglesia: el 'caso Valderrobres' prescribió 8 meses antes de la denuncia

Siete años después el religioso fue condenado por unos abusos en Tudela

El religioso, que pertenecía a los jesuitas, fue destinado como sacerdote diocesano a la Iglesia de Valderrobres.  | VIAJAR

El religioso, que pertenecía a los jesuitas, fue destinado como sacerdote diocesano a la Iglesia de Valderrobres. | VIAJAR / M. G. R.

M. G. R.

El miedo a no ser creído o al propio poder de una Iglesia que miraba para otro lado provocó que muchas víctimas guardaran silencio. Algunas, con el paso de los años o ante la llegada del Papa Francisco, decidieron dar un paso adelante, pero llegaron tarde. Es el caso de uno de los dos curas que estaban al frente de las parroquias de Valderrobres en 2006. Se trata del jesuita José María Ortín Lasheras, que fue condenado a dos años y medio de cárcel por tocamientos en Tudela. Los aceptó frente a los diez años que la Fiscalía solicitaba después de que una pericial psicológica practicada durante el proceso judicial asegurara que tenía una «parafilia de tipo pedófila».

Fue en 2014, es decir, ocho años después, cuando un sacerdote decidió poner el asunto en manos del Tribunal Interdiocesano de Zaragoza al que remitió una carta en la que explicaba todo lo vivido y en la que decía que rompía su silencio «porque es mejor no ocultar nada de estos asuntos como dice nuestro Papa Francisco». Pero no fructificó, no había entonces una oficina creada ad hoc para investigar estos temas, tal y como ocurre ahora y que tiene abiertas cuatro causas.

Sí llegó a la Pontificia Comisión para la Tutela de los Menores, cuyo secretario, el obispo Robert Oliver contestó por carta que «no está dentro de nuestra posibilidades y prerrogativas tratar casos particulares». El organismo se limita a «proponer iniciativas para promover la protección contra la violencia sexual y ayudar a las iglesias locales a implementar las mejores políticas de prevención». Y así hasta ahora. Un caso que no se está investigando.

Si a nivel canónico no hubo suerte, tampoco a nivel civil. Miembros del Tribunal Interdiocesano de Zaragoza que fueron cesados del mismo llevaron el asunto a la Fiscalía General del Estado que lo remitió inicialmente a la de Zaragoza y esta a la de Teruel porque Valderrobres, aunque pertenece a la provincia eclesiástica de Zaragoza, en el aspecto civil es de Teruel. En ese ir y venir el asunto que llegó a instruir la Guardia Civil prescribió. Por ocho meses.

"La Justicia canónica es una investigación a nivel interno"

La Iglesia, al margen de la Justicia civil, lleva a cabo sus propias pesquisas, siguiendo el derecho canónico, para establecer responsabilidades por los hechos denunciados que afectan al clero. «Las investigaciones canónicas son procedimientos internos de la Iglesia, que puede hacerlos», explica el abogado Ángel S. Tomás Pla. «Y si entiende que se ha cometido un delito», añade, «puede ponerlo en conocimiento de la autoridad competente».

«A mi modo de ver, las investigaciones de la Iglesia contribuyen a esclarecer los hechos pero a un nivel estrictamente interno, con vistas a depuraciones de responsabilidad», opina. «De hecho, los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, para ser perseguibles penalmente, requieren que se pongan en conocimiento de la autoridad, como así está ocurriendo», afirma. En este tipo de delitos no hay ninguna diferencia en cuanto a la pena en función de quién sea el sujeto activo o causante.

Los agentes pudieron tomar declaración a los testigos y a un joven en calidad de denunciante. Este recordó que en 2006, cuando estaba haciendo la catequesis de la confirmación, conoció a un sacerdote nuevo que se llamaba Jesús y que residía en el municipio junto a otro.

«Este nos invitaba a los niños a participar en actividades que él organizaba como jugar al fútbol o hacer globos de papel», relató este joven en una denuncia a la que tuvo acceso EL PERIÓDICO DE ARAGÓN, si bien un día, aprovechando esta convivencia, «le llamó para ver algo en el ordenador y le sentó entre sus piernas». Él tenía 12 años. En esa posición «aprovechó para meterle la mano por debajo del pantalón y del calzoncillo y tocar los genitales». «Yo no llegaba a entender esa situación, pero me sentí incómodo», explicó a los agentes. No fue una sola vez.

Pero la Guardia Civil también le preguntó por qué había tardado tanto en decirlo y su contestación fue que «con el paso de los años soy consciente de la gravedad de los hechos». «Me cabrea mucho que nadie hiciera nada y cuando digo nadie me refiero al obispo Manuel Ureña», espetó en relación al arzobispo emérito de Zaragoza que fue cesado por la Santa Sede tras desvelarse que había pagado más de 100.000 euros a un joven diácono que había denunciado sufrir acoso por parte del cura de Épila.

Pero no fue el único en contar lo ocurrido ante el instituto armado. Dos vecinas de Valderrobres que eran catequistas hicieron lo propio. Ambas aseguraron que el sacerdote había abusado de ellas, especificando una que su hijo le había dicho: «El cura nuevo me ha tocado el culo». Hechos que fueron comentados al otro cura de Valderrobres, quien lo dijo a sus superiores. De hecho, explicaron que un vicario se reunió con ellas para comunicarles que por boca del obispo Ureña «estaba muy resentido y que estaba llorando por hechos sucedidos, que estaba muy apenado y que harían un seguimiento». Al poco tiempo, el cura en cuestión se fue y ya no se supo su paradero.

Fue después de que Ureña, según relata el sacerdote de Valderrobres, le llamara por teléfono y le preguntara «hasta qué punto se sabía todo esto en los pueblos», ya que atendían no solo esa localidad, sino también Beceite, Fuentespalda, La Cerollera, La Fresneda, Monroyo, Peñarroya de Tastavins, Torre de Arcas y Torre del Compte. Él le dijo que no sabía y Ureña le aseguró que después de las Fiestas del Pilar se marcharía. Y así fue.

"Hay una tendencia a alargar el comienzo del plazo de prescripción"

Una de las dificultades que presentan las causas por supuestos abusos y agresiones sexuales a menores en la Iglesia católica es su gran extensión temporal, con casos que se remontan a los años 40. Esto constituye un obstáculo, a veces insalvable, para la investigación judicial, dado que con frecuencia los delitos han prescrito y se ha extinguido la responsabilidad penal.

Según manifiesta Ángel S. Tomás Pla, miembro del Colegio de Abogados de Zaragoza, en la actualidad, «existe una tendencia a alargar el comienzo del plazo de prescripción».

De hecho, explica, «los cambios legales registrados han ido modificando el día en que se empieza a computar», indica. «Hasta 1999 fue la fecha de comisión, salvo en los delitos continuados, en los que se computaba desde el último abuso, pero desde entonces, en el caso de las víctimas menores de edad, se acordó empezar a contar desde el cumplimiento de la mayoría de edad, salvo si la víctima fallecía antes». 

Sin embargo, continúa Tomás Pla, hay una reciente reforma de junio de 2021 que cambia el inicio del cómputo del plazo de prescripción y lo sitúa en el momento en que la víctima cumple los 35 años si era menor de edad, o desde su fallecimiento si ha expirado antes de cumplir esa edad».

Hasta 15 años de cárcel 

De forma, resume, que el inicio del cómputo del plazo «se ha ido alargando, lo que nunca redunda en beneficio del investigado o acusado, por la tendencia a endurecer en la práctica la prolongación de esos plazos, en la línea de los crímenes terroristas, que son imprescriptibles». 

Por ejemplo, en un caso de abusos sexuales a un menor de 7 años, el cómputo no empezaría hasta que la víctima cumpliera los 35, y luego se aplicaría el plazo legal de 20 años, en el supuesto más grave. Por ello, apunta, el principio que estipula el tratamiento penal más favorable para el reo de forma retroactiva «choca con la tendencia a endurecer las penas, por lo que en la mayoría de los casos esta máxima no podrá aplicarse». 

Cada caso es distinto, señala el abogado. «El marco temporal se puede remontar en determinados casos a los años 40, con lo que se considera que los delitos están prescritos». Además, hay que tener en cuenta la ley vigente en cada momento, por lo que podrían aplicarse códigos penales que ya no están en vigor, como el de 1944 y el de 1973. 

En la actualidad existe una diversa tipología delictiva contra la libertad e indemnidad sexuales, agrega el miembro del Colegio de Abogados de Zaragoza. Se protege especialmente en los supuestos en que la víctima es menor de 16 años, pues en estos casos, según el legislador, «el consentimiento sexual no es válido por la inmadurez de la persona». 

Y también se distingue en función de si ha habido o no violencia física o intimidación hacia la víctima. Hasta el punto de que en los casos de mayor gravedad puede haber penas de hasta 15 años de prisión.