La actualidad del Real Zaragoza

Ratón volverá a ser juzgado por agresión sexual

La Audiencia Provincial de Orense ordena repetir el juicio con otro magistrado tras las dos veces que ha sido absuelto el portero por el Juzgado de lo Penal Número 1 de la ciudad gallega

Ratón sale de una charla de vídeo en la Ciudad Deportiva.

Ratón sale de una charla de vídeo en la Ciudad Deportiva. / EL PERIÓDICO

S. Valero

La Audiencia Provincial de Ourense ha estimado el recurso de la acusación de agresión sexual por parte de Álvaro Ratón y ha ordenando la repetición del juicio contra el portero del Real Zaragoza, según publica La Voz de Galicia. El arquero ha sido absuelto hasta en dos ocasiones de esta acusación, por la jueza del Juzgado Número 1 de lo Penal de Orense, y ahora se tendrá que sentar de nuevo al juicio y tendrá que ser celebrada con un juez diferente «a fin de garantizar la imparcialidad del pronunciamiento», falla el tribunal de la Sección Segunda.

En esta sentencia, que es firme, la Audiencia sostiene que el razonamiento que llevó a la absolución del acusado se conformó «sin tener en cuenta la totalidad de la prueba". Antonio Piña, magistrado ponente de esta sentencia de la Audiencia que estima el segundo recurso de apelación de la denunciante, escribe que prevalecieron «criterios de valoración subjetivos sobre las máximas de experiencia, las cuales se han aplicado sobre presupuestos inexactos o parciales, alcanzando por ello conclusiones erróneas».

El 29 de noviembre de 2021 la Audiencia Provincial de Ourense anuló una sentencia dictada por la jueza el Juzgado de lo Penal Número 1 de esa ciudad gallega que absolvió al portero Álvaro Ratón, acusado de agredir sexualmente y lesionar a una mujer en las inmediaciones de un local de copas en O Carballiño en 2018. 10 meses después, en septiembre pasado, el Juzgado de lo Penal volvió a absolver al portero del Zaragoza después de valorar las dos pruebas que presentó la acusación y que motivaron la anulación de la sentencia por parte de la Audiencia. Sobre esta nueva sentencia cabía recurso, aunque las posibilidades de que prosperara en ese juzgado eran nulas puesto que la jueza ha valorado ya en dos ocasiones la presunta agresión sin encontrar pruebas que dictaminen la culpabilidad del meta zaragocista. Por eso, la acusación se dirigió de nuevo a la Audiencia Provincial.

Esta ya había estimado en 2021 un recurso presentado por la acusación, mientras que la Fiscalía no había recurrido la sentencia y ordenó entonces que se devolvieran los autos a la jueza de instancia para que procediera a dictar nueva sentencia, la que ha sido pública este lunes. La Audiencia Provincial pidió entonces una nueva sentencia con esa valoración y desde la defensa del portero zaragocista había plena confianza en que esta volviera a ser absolutoria porque no debía haber ninguna variación en la valoración inicial que hizo la magistrada y que sería la misma, como así sucedió. Ahora, la Audiencia da un paso más allá y ordena repetir el juicio con otro magistrado.

En la sentencia primera del Juzgado de lo Penal, ratificada por la jueza en la segunda ocasión, se absolvía a Álvaro Ratón de los delitos de agresión sexual y lesiones y se dejaba sin efecto la prohibición de que el meta zaragocista se acercara a menos de 300 metros de la víctima o se comunicara con ella, además de la devolución de los algo más de 24.000 euros que habían sido consignados en concepto de fianza. La magistrada indicó en la sentencia que no había quedado acreditada, más allá de toda duda razonable, la participación del acusado en los hechos.

La causa se inició por la denuncia interpuesta contra Ratón por P. B., una mujer de la localidad de Carballino, de donde es el guardameta, que le acusaba de una presunta agresión en la noche del 23 de junio de 2018 en un bar, en el barrio de Flores de esta población. Ratón acudió a declarar voluntariamente el 2 de julio del 2018 a la Guardia Civil de la localidad orensana después de que los agentes se personaran el 29 de junio en su domicilio de Carballino. En los meses posteriores la jueza tomó declaración a los testigos de la acusación, que fueron periféricos, es decir no presenciales, ya que ninguno aseguró haber visto la agresión y ni siquiera corroboraron la versión de la denunciante, entrando en contradicciones.