Bono social eléctrico: estos son los requisitos y descuentos

Los consumidores que quieran pedir esta ayuda deben tener contratada la factura regulada del Gobierno, el llamado precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC)

La factura de la luz es uno de los temas más preocupantes en los hogares cuando llega la hora de pagar el recibo. El precio de la electricidad continua con esa tendencia de subidas y bajadas en los últimos tiempos. El Gobierno Central ha decidido mantener el bono social eléctrico. Este descuento se aplica directamente en el recibo que existía antes de la última crisis energética generada por la invasión rusa de Ucrania. Desde la administración, se ha ido reforzando como medida para paliar el impacto de la economía de guerra.

Personas que pueden solicitar el bono

Los consumidores que se pueden beneficiar de una rebaja en su factura de luz son aquellos a los que se les consideren vulnerables, vulnerables severos o afectados por la guerra.

1. Consumidor vulnerable. Para entrar dentro de este grupo hay que cumplir los siguientes requisitos:

  • Su renta o la conjunta anual de la unidad de convivencia debe de ser igual o inferior a 12.600 euros. Cuando la unida esté formada por más de un miembro, el multiplicador de renta respecto al índice IPREM de 14 pagos (8.400 euros) se incrementará en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia. Si hay un menor de edad, será de un 0,5. Dentro de este grupo también se encuentran las familias numerosas.
  • El caso de pensionistas que cobren la cuantía mínima vigente en cada momento y no percibir otros ingresos cuya cuantía anual supere los 500 euros. El otro requisito es que el consumidor o cualquier miembro de su familia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV) según indica lo establecido en la normativa de esta ayuda.

2. Consumidor vulnerable severo. Este grupo deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Cobrar al año menos del 50% de los límites establecidos para ser considerado consumidor vulnerable. El más elevado de estos es de 12.600 euros al año.
  • Familias numerosas sí tienen unos ingresos anuales por debajo del 16.800 euros (el doble del índice IPREM).
  • Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad de convivencia a la que pertenezca debe percibir una renta anual igual o inferior a 8.400 euros.

3. Consumidor en riesgo de exclusión social. El titular del contrato debe cumplir los requisitos para ser considerado vulnerable severo. Además, tiene que ser atendido por los servicios sociales y que estos le paguen al menos la mitad del importe de la factura.   

4. Circunstancias especiales. Este bono también se concede cuando el consumidor o alguno de los miembros de la familia pertenecen a uno de los siguientes colectivos:

  • Personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
  • Se acredite la situación de violencia de género.
  • Se tenga la condición de víctima de terrorismo.
  • Se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III.
  • Familias monoparentales.

5. Afectados por el impacto de la guerra en Ucrania. A finales del año pasado se creó una nueva categoría de beneficiarios que sigue en vigor hasta diciembre. Se trata del bono eléctrico de justicia energética recogido en el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre.

Estos son los descuentos que se pueden conseguir

La rebaja para los consumidores vulnerables que cumplan con los requisitos establecidos es de un 25%. Según explica el Ministerio para la Transición Ecológica en el apartado específico que le dedica la secretaria de Estado de Energía, hasta el 31 de diciembre de 2023, el descuento será del 65%. El porcentaje se puede elevar hasta el 40% para los consumidores vulnerables severos que cumplan los requisitos establecidos. No obstante, hasta la misma fecha del caso anterior, el descuento se eleva hasta el 80%.

Si además se es un consumidor en riesgo de exclusión social, persona que está siendo atendida por los servicios sociales de una administraci autonómica o local que paguen al menos el 50% de la factura, "no se tendrá que hacer frente a la factura eléctrica y, en caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico", detallan los requisitos del bono.