Comisión rogatoria

Suiza respondió a García Castellón que las resoluciones del Supremo no hacen que Tsunami Democràtic sea terrorista

Justifica ante el magistrado que preguntara por la amnistía por la trascendencia que puede tener en el procedimiento penal

El juez de Tsunami Democràtic, Manuel García Castellón.

El juez de Tsunami Democràtic, Manuel García Castellón.

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

Suiza justifica su negativa a responder a la comisión rogatoria tramitada por el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón en el caso Tsunami Democràtic en que los hechos que investiga no son constitutivos de terrorismo para el derecho suizo. "Las valoraciones o resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo español, sobre las que no nos corresponde por supuesto emitir ningún juicio de valor, no modifican la calificación que el derecho suizo da a los actos descritos en las comisiones rogatorias", precisan las autoridades helvéticas.

De esta forma, Suiza concluye: "La falta de calificación de terrorismo en el sentido del derecho suizo no nos permite oponernos inicialmente a que se tenga en cuenta la causa de inadmisibilidad de la asistencia mutua constituida por un posible carácter político preponderante, a los ojos del derecho suizo, de acciones bajo investigación española". Se trata de la misma contestación que ya hizo en 2020 cuando el juez García Castellón solicitó por primera vez la colaboración de las autoridades suizas en relación con la secretaria general de ERC, Marta Rovira, que se estableció en ese país al ser llamada por el Supremo por segunda vez por su responsabilidad en el 'procés'.

Según el texto de respuesta suiza al juez García Castellón, "los actos descritos en las comisiones rogatorias españolas no alcanzan el nivel de gravedad necesario" para entenderlos terrorismo, por lo que rechazan facilitar la información solicitada a través de la comisión rogatoria, como ya hizo el 26 de marzo de 2020. Dicen dejar en manos de "la autoridad requirente decidir si tiene la intención de mantener en estas condiciones su solicitud de asistencia jurídica mutua adicional del 7 de enero de 2024, relativa en particular a la localización" de diputado de ERC Ruben Wagensberg, que también se ha trasladado a Suiza.

Ello con independencia de que el Supremo haya decidido abrir un procedimiento contra Wagensberg y el expresidente catalán Carles Puigdemont por terrorismo, al ser ambos aforados. La decisión del alto tribunal español ha sido determinante para las decisiones posteriores adoptadas por la Audiencia Nacional, pero no para las autoridades suizas, que entienden que no se da el requisito de doble tipificación, por el que la ayuda insternacional solo es posible si se trata de un delito perseguido tanto en el país requirente como en el requerido.

La respuesta suiza también contiene una contestación a la crítica que le hizo el magistrado relativa a que se interesara por la tramitación de la amnistía. Es "normal que nos hayamos informado previamente sobre el proceso de amnistía en España, como lo habríamos hecho en circunstancias similares con otros Estados extranjeros. Este elemento legislativo no debe omitirse, ya que puede impactar el procedimiento penal español que subyace a la comisión rogatoria", responden los suizos, que incluyen su petición de información en el "principio de confianza y buena fe entre Estados", en el que se basa la cooperación jurídica internacional.